En el caso que la obra de rehabilitación afectase a unos edificios con algún tipo de protección aunque fuese parcial( medioambiental, histórica…) por parte del Ayuntamiento de Madrid, o que la obra tuviese una envergadura considerable, la ordenanza municipal nos obligaría a realizar un proyecto de rehabilitación, confeccionado y firmado por uno de nuestros arquitectos, que a su vez sería responsable de la dirección facultativa de las mismas, visado por el colegio oficial de Arquitectos Técnicos, para la concesión de la licencia de obra.
Este proyecto constaría de una memoria, un estudio básico de seguridad, un estudio de la calidad en la edificación, un pliego de condiciones, una medición de las partidas de obra y unos planos justificativos.